La Ley de Prevención del Trabajo Forzado Uigur (UFLPA) es una ley de EE. UU. que entró en vigor el 21 de junio de 2022 y estableció una presunción refutable de que todos los bienes extraídos, producidos o fabricados total o parcialmente en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (XUAR), China, se producen con trabajo forzado. Conforme a la ley, estos bienes tienen prohibida la entrada a Estados Unidos, salvo que el importador pueda demostrar, mediante evidencia clara y convincente, que no se utilizó trabajo forzado en ningún punto de la cadena de suministro.

Por qué es importante para los importadores

La UFLPA ha creado el régimen de aplicación contra el trabajo forzado más agresivo en la historia de EE. UU. El CBP ha revisado más de 18,000 envíos bajo esta ley, y la tasa de liberación de bienes detenidos es inferior al 7%. Esto significa que la gran mayoría de los bienes señalados bajo la UFLPA son rechazados, reexportados o destruidos. El impacto financiero y operativo para los importadores ha sido enorme.

La ley no se limita a los bienes enviados directamente desde Xinjiang. Abarca cualquier producto que contenga insumos —materias primas, componentes o ingredientes— originarios de la región. El algodón, el polisilicio, los tomates y el PVC se encuentran entre las mercancías señaladas con mayor frecuencia, pero el CBP sigue ampliando su aplicación a nuevos sectores y cadenas de suministro.

Detalles clave

Protegiendo su Cadena de Suministro

Todo importador que compre productos de China debe realizar una evaluación de riesgo UFLPA para determinar si alguna parte de su cadena de suministro tiene conexión con la región de Xinjiang. Esto exige mapear la cadena de suministro más allá de los proveedores de Nivel 1, hasta el nivel de materia prima. El costo del cumplimiento proactivo es muy inferior al costo de un envío detenido y una denegación de entrada.

Para una guía completa sobre el cumplimiento de la UFLPA y la debida diligencia en la cadena de suministro, lea nuestro artículo sobre trabajo forzado y la UFLPA.