3 de abril de 2026

Acumulación de aranceles en 2026: cómo calcular lo que realmente debe en importaciones a EE. UU.

Hoy, varios programas arancelarios se superponen sobre un mismo envío. Si no está auditando cada capa, es muy probable que esté pagando de más.

Por qué el apilamiento de aranceles es el mayor riesgo de costo de importación en 2026

El panorama arancelario de EE. UU. nunca ha sido tan complejo. Después de que la Corte Suprema anulara los aranceles de IEEPA el 20 de febrero de 2026, la administración actuó en cuestión de horas para reemplazarlos con un recargo global del 10% bajo la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974. Ese recargo se suma a los derechos existentes de la Sección 232 sobre metales, a los derechos de la Sección 301 sobre productos chinos y a la tasa estándar de Nación Más Favorecida (MFN) aplicable a cada importación.

El resultado es una estructura de derechos de múltiples capas en la que un solo producto puede quedar sujeto simultáneamente a tres o cuatro programas arancelarios distintos. Para los importadores que no han mapeado cada capa, el riesgo de sobrepago es considerable. Y para quienes asumen que el software de su agente de aduanas lo gestiona todo correctamente, la etapa de IEEPA demostró que esa suposición fue errónea en miles de entradas.

La tasa arancelaria efectiva sobre las importaciones a EE. UU. aumentó del 2.3% en enero de 2025 a más del 10% en enero de 2026. Esa cifra es un promedio. Para categorías de producto y países de origen específicos, la tasa real puede ser considerablemente más alta.

Las Cuatro Capas Arancelarias que se Aplican a la Mayor Parte de las Importaciones a EE. UU. en Este Momento

Capa 1: Tasa de Derechos MFN (Base Permanente)

Cada producto importado a Estados Unidos tiene una tasa base de derechos asignada por el Arancel Armonizado (HTS). Esta tasa varía según la clasificación del producto y se aplica salvo que un Tratado de Libre Comercio o programa de preferencias otorgue una tasa reducida o una exención total. Las tasas MFN no han cambiado y siguen siendo la base de todo cálculo de derechos.

Capa 2: Sección 232 (Seguridad Nacional)

Los aranceles de la Sección 232 se aplican a categorías específicas de productos que se consideran una amenaza para la seguridad nacional. La lista actual incluye acero (25%), aluminio (25%), cobre (50% en productos semielaborados), automóviles (25%), partes de automóviles, autobuses, vehículos medianos y pesados y sus partes, madera y semiconductores. Estos aranceles se aplican independientemente del país de origen. Las investigaciones de la Sección 232 sobre productos farmacéuticos, dispositivos médicos, aeronaves, drones, turbinas eólicas y robótica siguen en curso y podrían derivar en nuevos derechos más adelante en 2026.

Capa 3: Sección 301 (Prácticas comerciales desleales)

Los aranceles de la Sección 301 se dirigen a importaciones de países respecto de los cuales se han identificado prácticas comerciales desleales. Actualmente, los principales objetivos son China (con tasas que van del 7.5% al 100%, según la lista de productos) y Nicaragua (10%). Las baterías de iones de litio de la Lista 4A aumentaron al 25% el 1 de enero de 2026. Desde enero de 2025 se han iniciado seis nuevas investigaciones de la Sección 301, incluida una investigación importante sobre 16 economías relacionada con el exceso estructural de capacidad manufacturera. También están en curso sesenta investigaciones adicionales enfocadas en prácticas de trabajo forzado. Estas podrían generar nuevos aranceles específicos por país más adelante este año.

Capa 4: Sección 122 (Recargo global temporal)

La capa más reciente es un recargo ad valorem del 10% sobre casi todas las importaciones, vigente desde el 24 de febrero de 2026. Este recargo vence después de 150 días, el 24 de julio de 2026, salvo que el Congreso vote para extenderlo. La administración no puede prorrogarlo unilateralmente. Sin embargo, la administración ha declarado su intención de reconstruir la estructura arancelaria de IEEPA antes del 1 de agosto de 2026, utilizando una combinación de facultades bajo la Sección 301 y la Sección 232. El recargo de la Sección 122 se considera ampliamente como un puente hacia esos aranceles de mayor permanencia.

Cómo se acumulan las capas (y dónde no)

Aquí es donde la mayoría de los importadores se confunde y donde se concentra el riesgo de sobrepago.

La Sección 122 no se acumula sobre la Sección 232. Si su producto está completamente cubierto por un arancel de la Sección 232 (acero, aluminio, automóviles, cobre, semiconductores o madera), el recargo de la Sección 122 no aplica. Esta es la regla de acumulación más importante que debe verificarse en cada entrada.

La Sección 122 sí aplica a la parte no metálica de productos derivados. Si su producto es un derivado de acero o aluminio y solo una parte de su valor está sujeta a la Sección 232, el recargo del 10% de la Sección 122 se aplica al contenido no metálico restante. Calcular la división entre valor metálico y no metálico es actualmente una de las áreas más propensas a errores en el cumplimiento aduanero. CBP no ha emitido una guía definitiva sobre la metodología de valoración, y el software de los agentes de aduanas varía en la forma en que realiza el cálculo.

La Sección 301 y la Sección 122 se acumulan. Si importa bienes de origen chino sujetos a un arancel del 25% de la Sección 301, también debe pagar el recargo del 10% de la Sección 122, además de la tasa base MFN. Un producto con una tasa MFN del 5%, una tasa de la Sección 301 del 25% y una tasa de la Sección 122 del 10% tiene un arancel efectivo combinado del 40%.

La Sección 232 y la Sección 301 se acumulan. Un producto de acero originario de China podría estar sujeto tanto a la tasa del 25% de la Sección 232 como a una tasa de la Sección 301, dependiendo de su clasificación.

Los bienes que califican bajo USMCA están exentos de la Sección 122. Si su producto califica para trato preferencial bajo el Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá y cuenta con la documentación adecuada, el recargo de la Sección 122 no aplica. Pero la calificación exige documentación verificable sobre las reglas de origen. Reclamar la exención sin el respaldo adecuado genera una exposición importante en auditorías.

Los productos y orígenes que generan las tasas acumuladas más altas

Para un desglose respaldado por datos en 20 categorías de HTS — con tasas base reales de HTSUS, cada capa de arancel y un conjunto de datos descargable — consulte nuestro Informe de Apilamiento Arancelario 2026.

Categoría de producto Origen MFN Sec. 232 Sec. 301 Sec. 122 Total Aproximado
Productos de acero China ~0-3% 25% 7.5-25% Exento (aplica 232) 32.5-50%+
Electrónica de consumo China 0-5% N/A 7.5-25% 10% 17.5-40%
Componentes industriales China 2-8% N/A 25% 10% 37-43%
Muebles China 0-5% N/A 7.5-25% 10% 17.5-40%
Cobre (semiacabado) Cualquiera ~0-3% 50% N/A Exento (aplica 232) ~50-53%
Partes de automóviles Cualquiera 2.5% 25% N/A Exento (aplica 232) ~27.5%
Textiles Vietnam 5-32% N/A N/A 10% 15-42%
Ropa Bangladesh 10-32% N/A N/A 10% 20-42%

Estas cifras son ilustrativas. Las tasas reales dependen de la clasificación HTS específica de 10 dígitos. Incluso una diferencia de un dígito en la clasificación puede mover un producto de una lista arancelaria a otra o cambiar la tasa aplicable por decenas de puntos porcentuales.

Cinco errores comunes de acumulación que cuestan dinero real a los importadores

1. Pagar la Sección 122 en productos exentos bajo la Sección 232

Debido a que la Sección 232 y la Sección 122 se codifican mediante subpartidas HTSUS diferentes, el software de los agentes de aduanas a veces no aplica la exención automáticamente. Audite sus primeras entradas presentadas después del 24 de febrero de 2026 y verifique que la Sección 122 no se haya agregado a productos completamente cubiertos por la Sección 232.

2. Clasificar Incorrectamente Productos Derivados

Los productos derivados de acero y aluminio requieren una valoración separada entre el contenido metálico (sujeto a la Sección 232) y el contenido no metálico (sujeto a la Sección 122). Si su agente aplica la Sección 232 al valor total del producto cuando solo una parte califica, usted paga de más. Si aplica la Sección 122 al valor total sin separar el contenido metálico, también paga de más. La división de la valoración debe estar documentada y ser defendible.

3. No aprovechar exenciones de USMCA frente a la Sección 122

Los productos que califican bajo USMCA están exentos del recargo de la Sección 122. Sin embargo, muchos importadores no reclaman la exención o no pueden presentar la documentación del certificado de origen necesaria para respaldarla. Cada dólar que paga por la Sección 122 en un producto que califica bajo USMCA es un dólar que no tenía que gastar.

4. Aplicar la tasa incorrecta de la lista de la Sección 301

Los aranceles de la Sección 301 sobre bienes chinos abarcan cuatro listas separadas (Lista 1 a Lista 4B), cada una con tasas distintas. Los productos se mueven entre listas mediante exclusiones, restablecimientos y fechas de vencimiento. Un código HTS que tenía una tasa del 7.5% en 2024 puede tener ahora una tasa del 25% o puede estar temporalmente excluido. Confiar en una tabla de tasas que no se ha actualizado en los últimos 90 días representa un riesgo.

5. Ignorar los derechos antidumping y compensatorios en el cálculo acumulado

Las órdenes de AD/CVD añaden otra capa a todo lo anterior. Si su producto está sujeto tanto a aranceles de la Section 301 como a una orden antidumping, la tasa combinada puede superar el 100% del valor declarado. Estas órdenes cambian con cada ciclo de revisión administrativa, y la tasa de depósito en efectivo publicada al momento de la entrada puede no coincidir con la tasa final liquidada.

Qué sucede cuando la Section 122 vence el 24 de julio de 2026

El recargo actual de la Section 122 es una medida temporal de 150 días. Vence el 24 de julio de 2026. La administración no puede prorrogarlo sin una ley del Congreso. Pero eso no significa que los aranceles vayan a bajar.

La administración ha dejado clara su intención de sustituir el recargo de la Section 122 por nuevos aranceles bajo facultades más permanentes. USTR ya inició investigaciones de la Section 301 en 16 economías por exceso de capacidad manufacturera, además de otras 60 investigaciones sobre prácticas de trabajo forzado. Las investigaciones de la Section 232 sobre productos farmacéuticos, aeronaves, drones, turbinas eólicas y robótica podrían generar nuevos aranceles en cualquier momento.

El escenario más probable es que la Section 122 venza y sea reemplazada casi de inmediato por un mosaico de nuevos aranceles de la Section 301 y la Section 232, con tasas específicas por país y producto. Para los importadores, esto significa que las reglas de acumulación volverán a cambiar. También cambiarán los productos y orígenes más afectados. La carga de cumplimiento aumentará, no disminuirá.

Los importadores más previsores ya están modelando tres escenarios: (a) que la Section 122 venza sin reemplazo, (b) que entren en vigor nuevos aranceles de la Section 301 con tasas específicas por país, y (c) que se amplíen los aranceles de la Section 232 a categorías adicionales de productos. Las empresas que hagan estos cálculos antes de julio podrán ajustar precios, abastecimiento e inventario antes de la transición. Las que esperen reaccionarán cuando el aumento de costos ya haya afectado su margen.

Cómo auditar hoy su acumulación de aranceles

Empiece por sus 20 principales entradas por valor de aranceles de los últimos 90 días. Para cada una, responda cinco preguntas:

¿Cuál es la tasa base MFN y está correcta la clasificación HTS? ¿Aplica algún arancel de la Section 232 y, de ser así, cubre el producto completo o solo un componente derivado? ¿Aplica algún arancel de la Section 301 y, de ser así, de qué lista se trata y cuál es la tasa vigente después de exclusiones? ¿Se aplicó correctamente la Section 122 o se exceptuó correctamente? ¿Existe alguna reclamación bajo USMCA, FTA u otro programa preferencial que pueda reducir el total?

Si no puede responder las cinco preguntas para cada entrada, su gasto arancelario no está optimizado. Y en un entorno en el que las tasas pueden acumularse hasta 40%, 50% o más, incluso un pequeño error de clasificación o acumulación puede representar una suma importante a lo largo de un año.

El entorno arancelario avanza rápido y se vuelve cada vez más complejo. Los importadores que implementen ahora un proceso disciplinado de auditoría no solo evitarán sobrepagos hoy. También estarán preparados para lo que reemplace a la Section 122 en julio.

Esta guía refleja la política arancelaria de EE. UU. a partir del 3 de abril de 2026. Las tasas, exenciones y reglas de acumulación están sujetas a cambios a través de acciones ejecutivas, fallos judiciales y legislación del Congreso. Los importadores deben verificar las tasas actuales a través del HTSUS y consultar con un agente de aduanas autorizado para obtener orientación específica de entrada.

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