La FDA revocó la autorización del FD&C Rojo No. 3 en alimentos el 15 de enero de 2025, y los fabricantes que lo utilizan tienen hasta el 15 de enero de 2027 para reformular sus productos. La FDA también ha sido clara: los alimentos importados a Estados Unidos deben cumplir con los requisitos estadounidenses, aunque el país exportador aún permita ese colorante. Para los importadores, el Rojo No. 3 ya es un asunto de gestión de proveedores, no un problema de etiquetado para finales de 2026.

Luego, en julio de 2025, la FDA aumentó la presión al instar a los fabricantes a acelerar la eliminación antes de la fecha límite de 2027. Por separado, la FDA ahora da seguimiento público a los compromisos de la industria para eliminar otros colorantes certificados, con plazos que a menudo se extienden hasta finales de 2027. La diferencia clave importa: el Rojo No. 3 tiene una autorización revocada y una fecha límite obligatoria para alimentos; muchos de los cambios más amplios sobre colorantes siguen siendo una combinación de presión regulatoria y compromisos de la industria, no la misma posición legal.

Lo que los importadores deben hacer ahora

La pregunta práctica no es “¿mi proveedor sabe lo del Rojo No. 3?”. La pregunta real es: ¿qué SKU aún lo contienen, cuándo entra en vigor la reformulación conforme de cada proveedor y cuándo dejan de enviarse a EE. UU. las etiquetas anteriores?

Para la mayoría de los importadores, el trabajo se divide en cuatro etapas.

Etapa 1: Mapeo de ingredientes

Mapee cada SKU destinado a EE. UU. que pueda contener FD&C Rojo No. 3, eritrosina o una denominación equivalente utilizada por el proveedor. Hágalo a nivel de formulación, no solo a nivel de marca principal. Una línea de marca privada puede ocultar varias fórmulas según el país o la planta de producción. La razón para empezar aquí es sencilla: los alimentos importados no reciben tiempo adicional.

Etapa 2: Compromiso del proveedor

Obtenga confirmación por escrito de cada proveedor sobre tres puntos: la lista de ingredientes reformulados, la primera fecha de producción conforme y la fecha del último envío no conforme para el mercado estadounidense. La FDA ha instado públicamente a las empresas a terminar antes de la fecha límite legal, por lo que los importadores no deberían basar su cronograma interno en el último día si pueden evitarlo.

Etapa 3: Conversión de etiquetas

Una vez que cambie la fórmula, la etiqueta debe cambiar también. Esto implica declaraciones de ingredientes actualizadas, artes revisadas y un plan controlado para agotar el empaque anterior, de modo que el inventario no conforme no siga avanzando hacia la entrada en EE. UU. El marco de etiquetado de alimentos de la FDA se aplica tanto a los alimentos importados como a los nacionales.

Etapa 4: Disciplina de fecha de entrada

Para el cuarto trimestre de 2026, sus equipos de aduanas y asuntos regulatorios deben tratar cualquier envío con destino a EE. UU. que contenga Rojo No. 3 como un punto activo de escalamiento. El riesgo no es solo una cuestión de “mala imagen”. El riesgo es que un producto destinado a EE. UU. llegue después de la fecha límite con una fórmula que ya no puede utilizarse legalmente en alimentos.

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