La lista de verificación de cumplimiento en 8 pasos
Paso 01
Determinar la elegibilidad del USMCA para sus productos
Antes de mover una sola operación de fabricación a México, determine si sus productos terminados calificarán para tarifas preferenciales de derechos arancelarios del USMCA. Esto requiere identificar la
regla de origen específica del producto para cada producto que planea fabricar, analizar su lista de materiales para identificar todos los insumos no originarios y sus clasificaciones HTS, y calcular si ocurre un cambio de arancel y/o se cumple el umbral de contenido de valor regional. Si sus productos no calificarán para el tratamiento del USMCA, debe comprender las implicaciones arancelarias antes de comprometerse a la mudanza. Los productos aún ingresarán a tarifas de MFN, que aún pueden representar ahorros en comparación con las importaciones de China gravadas por la Sección 301, pero el modelo financiero debe tener en cuenta los costos reales de derechos arancelarios.
Paso 02
Establecer la documentación de reglas de origen
Si sus productos califican para el USMCA, debe establecer sistemas de documentación que prueben la calificación de manera continua. Esto significa crear y mantener listas de materiales con origen y clasificación HTS para cada insumo, cálculos de contenido de valor regional utilizando el valor de transacción o el método de costo neto, declaraciones de proveedores de sus proveedores mexicanos y de terceros atestiguando el origen de sus insumos, documentación del proceso de fabricación que muestre la transformación que ocurre en México, y certificaciones de origen del USMCA para cada producto o familia de productos que califique. Estos registros deben conservarse durante cinco años y presentarse dentro de los 30 días de una solicitud de CBP. Construir el sistema de documentación antes de su primer envío es mucho más fácil que reconstruirlo después de una solicitud de verificación de CBP.
Paso 03
Elegir agentes de aduanas en EE. UU. y México
El comercio transfronterizo entre México y Estados Unidos requiere profesionales de aduanas en ambos lados. En el lado mexicano, necesita un agente aduanal licenciado para manejar la documentación de exportación, la presentación de pedimentos y el cumplimiento de las regulaciones aduaneras mexicanas. En el lado de EE. UU., necesita un corredor de aduanas licenciado para presentar entradas aduaneras ante CBP, reclamar preferencias del USMCA, calcular derechos arancelarios y gestionar el cumplimiento de las regulaciones comerciales de EE. UU. Su corredor de EE. UU. debe tener experiencia específica en
comercio transfronterizo México-EE. UU., reclamaciones del USMCA y verificación de reglas de origen. Los dos corredores deben coordinarse para asegurar la alineación de la documentación entre la presentación de exportación mexicana y la entrada de importación de EE. UU.
Paso 04
Establecer el estado de importador de registro
El importador de registro (IOR) es la entidad legalmente responsable de la precisión de las entradas aduaneras y el pago de derechos arancelarios, impuestos y tarifas. Para las operaciones de cercanía, debe determinar qué entidad servirá como IOR: la empresa matriz de EE. UU., una subsidiaria de EE. UU. o una entidad relacionada. El IOR debe tener un número de importador de CBP válido, que se obtiene a través de un número de identificación del empleador (EIN) para entidades de EE. UU. o un número asignado por CBP para entidades extranjeras. El IOR asume todas las obligaciones legales por la precisión de las declaraciones de origen, clasificaciones arancelarias y valoraciones en cada entrada aduanera.
Paso 05
Obtener un bono aduanal
Se requiere un bono aduanal para todas las importaciones comerciales a Estados Unidos. El bono garantiza el pago de derechos arancelarios, impuestos, tarifas y cualquier penalización impuesta por CBP. Puede obtener un bono de transacción única (que cubre un envío) o un bono continuo (que cubre todos los envíos durante un período de un año). Para operaciones de cercanía en curso, un bono continuo es estándar. El monto mínimo del bono es de $50,000, pero CBP puede requerir montos más altos según su volumen de importación y responsabilidad arancelaria. Su corredor de aduanas puede gestionar el bono a través de una compañía de fianzas. Los costos del bono son separados de las tarifas de corretaje y generalmente son evaluados por la fianza según su historial de pagos de derechos anuales.
Paso 06
Establecer el marcado de país de origen
Bajo 19 USC 1304, cada artículo de origen extranjero importado a los Estados Unidos debe estar marcado con su
país de origen de manera que sea conspicuo, legible, indeleble y en inglés. Para los bienes fabricados en México, el marcado debe indicar "Hecho en México" o "Producto de México" (o equivalente). Si los bienes contienen componentes de otros países que no son sustancialmente transformados en México, los requisitos de marcado se vuelven más complejos. El incumplimiento resulta en un derecho arancelario penal del 10% ad valorem, además de cualquier otro derecho aplicable. Establezca su protocolo de marcado antes de su primer envío, no después de que CBP emita un aviso de marcado.
Paso 07
Planificar auditorías y verificaciones de CBP
Las empresas que trasladan operaciones a México enfrentan un mayor escrutinio de CBP, particularmente si anteriormente adquirieron los mismos o similares productos de China. Los Centros de Excelencia y Especialización (CEEs) de CBP monitorean los patrones de importación y señalan a las empresas que muestran cambios repentinos en la adquisición de China a México. Esté preparado para solicitudes de información (RFIs) que le pidan proporcionar listas de materiales, descripciones del proceso de fabricación, declaraciones de proveedores y cálculos de RVC. CBP también puede realizar evaluaciones enfocadas (auditorías integrales de su programa de cumplimiento de importaciones) y verificaciones de origen (que pueden incluir inspecciones in situ de su instalación de fabricación en México). Tener
documentación lista para auditoría desde el primer día es esencial.
Paso 08
Monitorear cambios regulatorios y la revisión del USMCA de 2026
El USMCA incluye una cláusula de revisión obligatoria de seis años. El primer período de revisión se abrió el 1 de julio de 2026, y los tres países miembros deben confirmar si desean extender el acuerdo. La revisión podría resultar en modificaciones a las reglas de origen, tarifas arancelarias y otras disposiciones que afectan directamente su economía de cercanía. Además de la revisión del USMCA, los cambios continuos en los aranceles de la Sección 301, órdenes de derechos antidumping y compensatorios, y otras medidas de política comercial pueden afectar la ventaja de costo relativa de la adquisición en México. Su corredor de aduanas y su equipo de cumplimiento comercial deben monitorear estos desarrollos continuamente y modelar su impacto en los costos de su cadena de suministro. La
cuenta regresiva para la revisión del USMCA es el riesgo regulatorio más significativo que enfrentan las operaciones de cercanía en México en 2026.